Herramienta gratis · cifras 2026

Generador de cuenta de cobro

Escoge el modelo, llena tus datos y los de tu cliente, y la cuenta de cobro se arma sola, con el valor en letras. Nada sale de tu navegador.

Modelo

Quién cobra

A quién le cobras

Qué cobras

Lo que escribes se queda en tu navegador: no lo guardamos ni lo enviamos.

Cuenta de cobro

Vista previa
en tu navegador

Solo para quien no está obligado a facturar. Revisa las condiciones de no responsable de IVA.

Cómo funciona el generador

Escoge uno de los cuatro modelos, escribe tus datos, los de quien te paga y lo que cobras. La vista previa se arma mientras escribes, con el valor en letras calculado automáticamente. Puedes copiarla, descargarla en .txt o imprimirla y guardarla en PDF; la impresión saca solo el documento.

Modelo Para quién Qué agrega
Simple Trabajos ocasionales Lo básico; la declaración de IVA es opcional
Con retención Quien quiere dejar escrita su decisión sobre costos Si pides o no costos, la retención estimada y el neto
No responsable de IVA La mayoría de contratistas La declaración del parágrafo 3 del artículo 437
Recurrente mensual Cobros de un mismo contrato cada mes El mes que cobras y el número de pago

La DIAN no tiene un formato oficial de cuenta de cobro. El generador incluye los datos que tu cliente necesita para hacer su documento soporte: tu nombre y documento, los suyos, la fecha, la descripción del servicio y el valor (artículo 4 de la Resolución 000167 de 2021, DIAN).

La retención que calcula el modelo con retención

Depende de si pides o no que te resten costos (Oficio 6997 de 2025, DIAN):

  • No pides costos: tabla del artículo 383, la de los salarios. Restamos tus aportes de salud y pensión sobre el 40 % del valor (mínimo un salario mínimo), la renta exenta del 25 % y aplicamos la tabla. Por debajo de 95 UVT ($4.975.530) la retención es cero. Asumimos que el valor es el pago de un mes.
  • Pides costos: honorarios 10 % (11 % si tus pagos o tu contrato del año superan 3.300 UVT, $172.834.200); servicios 4 % si declaras renta y 6 % si no (artículo 392 del Estatuto Tributario; Decretos 260 de 2001 y 3110 de 2004). En servicios no se retiene por debajo de 2 UVT ($104.748), según el Decreto 572 de 2025.

Ejemplo con cifras de 2026. Cobras $4.000.000 al mes y no pides costos. Cotizas sobre un salario mínimo ($218.900 de salud y $280.200 de pensión, redondeados como en la PILA), queda $3.500.900; con la renta exenta del 25 % la base es de unos 50 UVT, por debajo de 95: la retención es $0. Si pides costos y es por honorarios, te retienen el 10 %: $400.000, y recibes $3.600.000.

Cuándo no sirve la cuenta de cobro

Debes facturar electrónicamente, y no pasar cuenta de cobro, si eres responsable de IVA, si estás en el régimen SIMPLE o si no cumples todas las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario (Resolución 000165 de 2023, DIAN; Concepto 000968 de 2020). Las más comunes:

  • ingresos brutos de la actividad de 3.500 UVT o más ($183.309.000) en el año anterior o en el actual;
  • un contrato de venta de bienes o servicios gravados por 3.500 UVT o más; antes de firmarlo debes inscribirte como responsable de IVA;
  • consignaciones o inversiones del año por actividades gravadas por encima de 3.500 UVT;
  • más de un local o negocio, franquicias o ser usuario aduanero.

La cuenta de cobro no es factura ni documento equivalente (Oficio 904661 de 2020, DIAN). Si estás obligado a facturar, mira la guía de facturación electrónica.

Errores comunes

  • No numerar las cuentas. Un consecutivo te ayuda a llevar la cuenta de lo que cobras en el año y a saber si te acercas a 3.500 UVT.
  • Escribir mal el valor en letras. Si no coincide con el número, el pago se puede demorar.
  • Pasar la cuenta antes de pagar la PILA. Paga primero y adjunta la planilla del periodo.
  • No decir si pides costos. Si no lo dices, el pagador puede escoger por ti.
  • Usar cuenta de cobro estando obligado a facturar. La DIAN puede sancionar con clausura del establecimiento.

Fuentes oficiales

Esta es información general, no asesoría tributaria. Más detalle en la guía de cuenta de cobro.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pasar cuenta de cobro?

La persona natural que no está obligada a facturar, porque cumple todas las condiciones para no ser responsable de IVA. Una de ellas es tener ingresos de la actividad por debajo de 3.500 UVT ($183.309.000 en 2026) en el año anterior y en el actual.

¿Cuál modelo escojo?

El de no responsable de IVA sirve para casi todos los contratistas. El de retención agrega tu decisión sobre costos y la retención estimada. El recurrente es para cobros mensuales de un mismo contrato. El simple es para trabajos ocasionales.

¿Cómo escribo el valor en letras?

El generador lo hace por ti. Por ejemplo, $1.750.905 es "un millón setecientos cincuenta mil novecientos cinco pesos m/cte". M/cte quiere decir moneda corriente.

¿Tengo que adjuntar la planilla de seguridad social?

Conviene. Para deducir lo que te paga, tu cliente debe verificar que estés afiliado y al día con tus aportes (parágrafo 2 del artículo 108 del Estatuto Tributario).

¿Guardan mis datos?

No. El documento se arma en tu navegador y no se envía a ningún servidor.

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