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Generador de carta de renuncia
Llena tus datos y escoge el tono. La carta se arma mientras escribes y puedes copiarla, descargarla o guardarla en PDF. Nada sale de tu navegador.
Carta de renuncia
Vista previa
en tu navegador
Modelo para renuncia voluntaria. Si renuncias por una justa causa del empleador, asesórate antes.
Cómo funciona el generador
Escribe tu nombre, la empresa, tu cargo, la fecha en que entregas la carta y tu último día de trabajo. La vista previa se actualiza mientras escribes. Cuando esté lista, tienes tres botones:
- Copiar, para pegarla en un correo o en un documento;
- Descargar .txt, para guardarla y editarla;
- Imprimir / guardar PDF, que imprime solo la carta, sin el resto de la página. En el cuadro de impresión de tu navegador, escoge "Guardar como PDF".
Todo pasa en tu navegador: no guardamos ni enviamos lo que escribes.
Qué lleva la carta
Una carta de renuncia voluntaria solo necesita decir que renuncias, desde qué fecha y tu firma. El generador agrega lo que te protege:
- Ciudad y fecha de entrega.
- A quién va dirigida: la empresa y, si quieres, una persona.
- La frase de renuncia voluntaria, tu cargo y tu último día de trabajo.
- La solicitud de tu liquidación y de la certificación laboral, que la empresa debe darte al terminar el contrato (numeral 7 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo).
- Tu firma, nombre y, si la pones, tu cédula.
Los tres tonos cambian la redacción, no el efecto: breve va directo al punto; agradecida suma una línea de agradecimiento y el compromiso de hacer empalme; formal usa un lenguaje más institucional.
El preaviso, según la ley vigente
- Contrato a término indefinido. El artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo, reescrito por el artículo 5 de la Ley 2466 de 2025, dice que puedes terminar el contrato con un preaviso de 30 días calendario "para que el empleador provea su reemplazo", y que "en ningún caso se podrá pactar sanción para el empleado que omita el preaviso". El preaviso no aplica si terminas por una justa causa imputable al empleador.
- Contrato a término fijo. Para que no se renueve, cualquiera de las partes avisa con 30 días de anticipación al vencimiento (artículo 46, modificado por el artículo 6 de la Ley 2466 de 2025). Si quieres irte antes del vencimiento, revisa tu contrato y asesórate.
- Obra o labor. Termina cuando termina la obra; si te vas antes, revisa lo que dice tu contrato.
El generador cuenta los días entre la fecha de entrega y tu último día y te dice si cumples los 30 días del contrato indefinido. Ejemplo: si entregas la carta el 19 de octubre de 2026 y tu último día es el 18 de noviembre, das 30 días de preaviso.
Errores comunes
- Escribir que renuncias a tus prestaciones. Los derechos laborales mínimos son irrenunciables (artículo 14 del Código Sustantivo del Trabajo). Renunciar no te quita las cesantías, la prima ni las vacaciones pendientes.
- Firmar una carta que no escribiste o con una fecha que no escogiste. Si te presionan para renunciar, busca asesoría en una inspección del trabajo antes de firmar.
- No guardar constancia. Entrega la carta por escrito y pide que te firmen una copia con la fecha, o envíala por correo y guarda la respuesta.
- Usar este modelo para una renuncia por justa causa. En ese caso debes decir los hechos concretos en la carta, porque después no puedes alegar otros (parágrafo del artículo 62). Mira el modelo 3 de la guía de carta de renuncia.
- Prometer una fecha que no puedes cumplir. Si cambia, acuérdala por escrito.
Después de entregarla
Calcula lo que te deben con la calculadora de liquidación. Si la empresa no te paga a tiempo, el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo prevé una indemnización de un día de salario por cada día de retraso; con el mínimo de 2026 son unos $58.364 por día.
Fuentes oficiales
- Ley 2466 de 2025, reforma laboral — Función Pública
- Código Sustantivo del Trabajo — Normograma de la Cancillería
Esta es información general, no asesoría legal para tu caso.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de preaviso tengo que dar?
En un contrato a término indefinido, la ley prevé 30 días calendario para que la empresa busque tu reemplazo (artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2466 de 2025). En un contrato a término fijo, el aviso de 30 días es para que no se renueve al vencimiento.
¿Me pueden cobrar una multa si no doy el preaviso?
No una sanción pactada. Desde la Ley 2466 de 2025, el artículo 47 dice que en ningún caso se puede pactar sanción para el trabajador que omita el preaviso.
¿Tengo que decir por qué renuncio?
En una renuncia voluntaria no. El campo de motivo es opcional. Si renuncias por una justa causa del empleador, sí debes decir los hechos en la carta, y este modelo no sirve para eso.
¿Guardan mis datos?
No. La carta se arma en tu navegador con JavaScript y no se envía a ningún servidor. Si cierras la página, se borra.
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